Nuestros Derechos

La asociación desde 1.996 ha logrado derechos para todos los transportadores de carga, esto ha sido el fruto de muchas batallas y que todos los camioneros debemos hacer valer frente a las empresas de transporte, hoy estamos respaldados con leyes (decretos y resoluciones) que reglamentan y dignifican nuestra actividad.

USTED TIENE DERECHO A:

Derechos del Transportador - Colombia

Derechos Legales del Transportador

Información basada en la normativa vigente en Colombia

01

Flete Mínimo

Que le paguen como flete mínimo el establecido por la tabla de fletes.

Resolución 05250 de 2007
02

Tiempos de Descargue

Descargue antes de 24 horas. Si no cumplen, tiene derecho a 3 salarios mínimos legales vigentes por cada hora de retardo (incluye domingos y festivos).

Decreto 1910 de 1996
03

Pago de Saldos

Que le paguen el saldo del flete antes de ocho (8) días hábiles después de entregados los cumplidos.

Resolución 2113 de 1997
04

Cargue y Descargue

A que el cargue y el descargue NO formen parte del flete.

Resolución 2113 de 1997
05

Descuentos de Ley

Los únicos descuentos autorizados son Retención en la fuente (1%) y ReteICA cuando aplique.

Resolución 2000 de 2004
06

Pago por Cupo

Pago por el cupo del vehículo, no por el peso exacto (Ej: 35 toneladas por tráiler de 3 ejes).

Resolución 5250 de 2007
07

Bodegaje

Derecho a que le paguen bodegaje sobre el camión.

Resolución 2113 de 1997
08

Transparencia

Que empleados de transportes no cobren por adjudicar viajes o pagar saldos.

Ética y Transparencia
09

Derechos Laborales

Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

Art. 25 Constitución Política
10

Servicio Público

La operación de transporte es un servicio público bajo regulación, control y vigilancia del Estado.

Ley 105 de 1993 Art. 3

Mensaje